Todo sobre la tramitación del bono social de la luz para familias numerosas

Uno de los beneficios al que se puede acceder por ser familia numerosa es el Bono social de la luz. Te explicamos en este artículo todo el que te hay que saber para solicitarlo.

En octubre del 2021 se aprobó ampliar el descuento del Bono Social al 60% de descuento hasta marzo del 2022, y recientemente se ha aprobado ampliar el plazo hasta finales de junio del mismo año.

Además, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital verán complementado este incremento en un 15% en las mensualidades de abril, mayo y junio de este año. También se beneficiarán de este complemento los hogares que presenten la solicitud de la IMV desde el 31 de marzo, siempre que el reconocimiento de solicitud no sea posterior al 1 de junio.

Este Bono implica un descuento en la factura de la luz y se puede acceder si cumples 2 condiciones:

  • Tener contratado el precio voluntario para l pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
  • Ser familia numerosa

Aparte del descuento propio de la factura, disfrutar del Bono eléctrico implica:

  • Facturas más claras “sin letra pequeña”. Lo que se paga es la electricidad consumida (directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales).
  • Los beneficiarios del bono social de electricidad tienen un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, ante el plazo general de 2 meses).
  • Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las administraciones públicas competentes.

Podéis encontrar más información en https://www.bonosocial.gob.es/

Hay que remarcar que en caso de renovar el título de Familia numerosa será necesario presentar una nueva solicitud del bono social Eléctrico.

La renovación del título de familia numerosa, requiere la presentación de la solicitud de renovación del bono social para continuar beneficiándose?

Sí. Solo quedarán eximidas de solicitar la renovación del bono social las familias numerosas mientras se encuentre vigente el correspondiente título de familia numerosa, por lo cual la ausencia de vigencia del título implicará la necesidad de presentación de la solicitud de renovación del bono social.

En esta solicitud de renovación habrá que adjuntar de nuevo toda la documentación rellenada:

  1. Modelo de solicitud del bono social. El modelo de solicitud está disponible en la página web de los Comercializadores de Referencia (COR) y en las oficinas de atención al consumidor (cuando los COR tengan oficinas).
  2. Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y los menores de 14 años que dispongan).
  3. Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
  4. En el supuesto de que forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hasta que sea posible la expedición de la hoja individual del Registro Civil, se puede considerar cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
  5. En el caso de las familias numerosas, copia del título de familia numerosa en vigor.
  6. Si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género, víctima de terrorismo o encuentra en situación de dependencia reconocida de grado II o III certificado u otro documento acreditativo que tiene que obtener del órgano competente en servicios sociales, según se indica en la cuestión siguiente. No tenéis que llevar directamente al COR esta documentación.
  7. En el caso de que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor, libro de familia y certificado de empadronamiento.

Algunas familias numerosas enlazadas nos han informado de la imposibilidad de acceder a Bono Eléctrico debido a no tener todos los hijos empadronados en el mismo hogar familiar. En este caso comunicaros que desde el Ministerio han hecho una compilación de preguntas frecuentes en la que dejan claro que no tener los hijos empadronados en casa no es un impedimento para acceder al bono eléctrico.

Si estoy en posesión del título de familia numerosa en vigor, pero no están todos los hijos empadronados a mi domicilio, tengo consideración de consumidor vulnerable?

Sí. Si usted tiene el título de familia numerosa en vigor, es el titular del contrato de electricidad de su vivienda habitual y está acogido al PVPC, tiene consideración de consumidor vulnerable y, por lo tanto, derecho a percibir el bono social.

Para más información:

https://energia.gob.es/bono-social
controlastuenergia.gob.es
cnmc.es/bono-social

4 comentarios en «Todo sobre la tramitación del bono social de la luz para familias numerosas»

  1. HOLA

    soy familia numerosa y estoy tratando de tramitar el bono social de la luz.
    Pertenezco a la compañía Repsol y ellos me dicen que son de mercado libre y que ellos no hacen descuento por ser familia numerosa.
    Me podríais hacer alguna recomendación?? Parece que si me meto en una empresa tipo Endesa con precio regulado, no resulta en una ventaja aunque se me aplique el bono social porque los precios varían según el mercado. Seguro que tenéis experiencia con estos temas y me podéis dar una idea de que sale más a cuenta.

    Gracias de antemano

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