– Las familias numerosas que perdisteis la categoría especial después de agosto de 2015 y todavía tenéis algún hijo/a con los requisitos de edad o conserváis el título de familia numerosa de categoria general, podéis reclamar volver a la categoría especial con un modelo para presentar en una ‘Oficina d’Atenció Ciutadana (OAC)’ o en cualquier registro de la Generalitat de Catalunya, y que se puede descargar aquí
– Las familias numerosas que perdisteis el título de familia numerosa antes de agosto de 2015 y tenéis todavía hijo/s o hija/s en casa menores de 21 años (25 si estudian) podéis reclamar que os devuelvan el título de familia numerosa con un modelo para presentar en una Oficina d’Atenció al Ciutadà (OAC) o en cualquier registro de la Generalitat de Catalunya, y que podéis descargar aquí. Si la reclamación se denegada, podéis interponer un recurso que podéis descargar aquí.
La Asociación de Familias Numerosas de Cataluña (FANOC) presentó ayer una reclamación a la Generalitat de Cataluña para el cumplimiento inmediato de la sentencia del Tribunal Supremo, que dice que la categoría especial de familia numerosa se tiene que mantener hasta el último hijo. Esta resolución del Tribunal Supremo es del 25 de marzo de 2019, y resuelve un recurso de la Junta de Andalucía contra una sentencia del Tribunal Superior de esta comunidad que los obligaba a mantener el título de familia numerosa hasta el último hijo a una familia que había reclamado este derecho. Antes otros dos tribunales superiores de justicia, el de Castilla y León y el de Madrid, habían emitido una sentencia en el mismo sentido.
Todo viene de la reforma de la Ley de Familias Numerosas que se hizo con la disposición adicional 15 de la Ley de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia en agosto de 2015. Antes, cuando quedaban tres hijos y el mayor no cumplía el requisito de edad, la familia perdía el título de familia numerosa. Con la modificación de 2015, el Título de Familia Numerosa se mantiene por los padres y los hijos menores, hasta que el más pequeño de los hijos cumpla 21 años (o 25 si estudia), para evitar una discriminación entre los hermanos, que además son quienes han originado el derecho al Título. Las asociaciones de familias numerosas consideraron que, precisamente para evitar esta discriminación, la categoría de familia numerosa especial, que corresponde a las familias con cinco o más hijos, se tenía que mantener hasta el final. El Ministerio de Servicios Sociales no lo consideró así y dio instrucciones a las Comunidades Autónomas para bajar de categoria cuando el número de hijos sea inferior a cinco porque los mayores ya han pasado del límite de edad. Esta batalla interpretativa llegó a los Tribunales, que han dado la razón a las asociaciones de familias numerosas, hasta llegar a esta sentencia del Tribunal Supremo que dice exactamente que «la discriminación entre los hermanos, minorada desde luego si el título sigue en vigor mientras al menos uno de ellos reúna las condiciones requeridas en el art. 3 de la Ley 40/2003 , se evita en mayor medida, incluso con plenitud, si todos los hermanos que contribuyeron a la obtención para la familia de la «categoría especial» siguen disfrutando en ella de los mismos beneficios que disfrutó el primero de ellos».
A pesar de esta sentencia del Supremo que interpreta claramente cómo se tiene que aplicar la Ley y por tanto que la categoría especial se tiene que mantener hasta el último hijo, la Generalitat no está aplicando todavía estos sentencia, lo que está perjudicando a todas las familias numerosas que, por ejemplo, tienen que matricular a sus hijos en la universidad, que con la categoría especial sería gratuita y en cambio, ahora tienen que abonar el 50% del importe de la matrícula.
FANOC pide que la Generalitat devuelva de oficio la categoría especial a todas aquellas familias numerosas que la tenían y que les consta ahora como poseedores de la categoría general. Es lo que ya está haciendo, por ejemplo, el Gobierno Balear, que está contactando con todas las familias en estas circunstancias.
Las familias numerosas piden también que las familias numerosas que perdieron el título antes de modificación de la Ley de agosto de 2015, y que a fecha de hoy tengan todavía en casa algún hijo menor de 21 años (o 25 si estudia), puedan recuperar el título de familia numerosa de manera retroactiva. En este sentido ya ha habido una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que se basa precisamente en la interpretación del Tribunal Supremo para avalar que se pueda recuperar retroactivamente el título de familia numerosa.
6 comentarios en «FANOC pide que se cumpla en Cataluña la sentencia del Tribunal Supremo para el mantenimiento de la categoría especial de familia numerosa hasta el último hijo»
Vam presentar la sol.licitud a finals de juny i encara no ens han contestat.
La manca de resposta és silenci administratiu positiu?
I en aquest cas, què hem de fer per tenir el nou títol de família nombrosa especial?
Hola,
Soy Emilia y quisiera información sobre el tema de titulo de familia numerosa especial…el significado de la retroactividad.
Nosotros hasta hace dos años lo teniamos y al cumplir mi hijo mayor los 26 años nos lo bajaron a general.
Ya he reclamado mediante documento para recuperar la categoria y me gustaría saber si es con efecto retroactivo si se puede recuperar todos los beneficios perdidos durante este tiempo.
En espera de su respuesta, reciba un cordial saludo.
Emilia Peña
Hola soc l’Eva Bonell,
Tinc un dubte, tinc el titol de familia numerosa pero fa tres anys que ens vem divorciar. Actualment tinc parella i he tingut una nena. Ens hem comprat un cotxe pero per beneficiarme del 50% de descompte de l.impost de circulacio, em demanen els carnets de familia numerosa. Pero al carnet hi consta el meu exmarit i no hi consta la nena. Em faran el descompte?
Hola Eva
Per llei, quan una família pateix un canvi, com una separació o l’arribada d’un germà, aquesta està obligada a informar a la Generalitat dels canvis.
Segurament al concessionari et facin el descompte, però aquest carnet l’heu de renovar i actualitzar el més aviat possible. Ho podeu fer a https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Titol-de-familia-nombrosa
Una salutació
Hola!! Donde pone la fecha inicial de expedición del título de familia numerosa?
Gracias!
Hola Manoli
En el carnet te sale la fecha de la última expedición, no de la primera y sale en la parte inferior izquierda.
Un saludo!