Nos guste o no, las separaciones y divorcios están a la orden del día y raíz de eso nos encontramos con que muchos padres y madres están perdiendo su condición de padres de familia numerosa legal por no compartir el mismo padrón que sus hijos.
El artículo 2.2.C, de la Ley de familias numerosas dice: Se equiparan a familia numerosa, a los efectos de esta Ley, las familias constituidas por: El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
Hasta hace un par de años, al menos en Cataluña, en caso de separación se confeccionaba un título de FN para cada uno de los progenitores siempre que pudieran demostrar que los hijos, aunque no vivieran juntos, dependían económicamente de ellos.
Actualmente las separaciones, a no ser por algún motivo concreto, se resuelven cada vez con más frecuencia en custodias compartidas donde los hijos pasan el 50% de su tiempo con sus 2 progenitores.
Quizás coincidiendo con la puesta en marcha del último beneficio fiscal para el colectivo, es decir, la desgravación de 1.200 € o 2.400 € según categoría, para familia numerosa. Y en vista de que la ley en el artículo 3.3 dice: Nadie podrá ser computado, a los efectos de proyectores esta Ley, en dos unidades familiares al mismo tiempo. Se han ido contactando con todas aquellas familias en la que los hijos figuraban en dos títulos a la vez para anunciarles que los hijos sólo pueden estar en un título y que por este motivo uno de los dos ascendentes se queda sin la condición de numerosa legal, y además con efecto retroactivo.
Esto ha implicado un desbarajuste ya no sólo emocional sino económico entre las familias afectadas.
En un principio desde la administración se deja que los padres se pongan de acuerdo sobre quién se queda la titularidad, y en consecuencia con todos los beneficios que ello conlleva. Como posible acuerdo propone la posibilidad de alternar la titularidad cada dos años. Con esta opción se pretende que los hijos siempre estén amparados por el título y que los padres se lo vayan volviendo.
En caso de no llegar a un acuerdo, la administración siempre tendrá en preferencia al padre que comparta padrón con los hijos, y la verdad no entiendo por qué. Si el artículo 2.2.C de la Ley de FN deja claro que la convivencia no es necesaria para considerarse familia numerosa, por qué en este caso es un punto decisivo? A veces un niño está empadronado en un hogar por temas totalmente externos a la posible relación familiar como puede ser para tener la puntuación necesaria para acceder a una escuela determinada o simplemente debido a que con todo el proceso de la separación no se ha reparado en qué vivienda están empadronados los niños.
No todas las separaciones se resuelven de forma amigable y el tener que volver a reencontrarse para acordar quién se queda con el título puede no sólo abrir antiguas heridas, sino generar nuevos conflictos y todo esto es sabido que los que quedan peor parados son los hijos. Hay casos en que es imposible comunicarse.
Dudo que una ex pareja que ya goza del título y del padrón, haga algo al respecto para llegar a un acuerdo (pues llegar a un acuerdo implicaría perder temporalmente los beneficios que ya disfruta desde hace un tiempo). No existe ningún tipo de apoyo hacia los padres que no comparten padrón con los hijos a menos que se tomaran medidas legales que aparte de todo también implicaría una nueva gasto económico.
Hay muchos afectados que al perder el título con carácter retroactivo se han encontrado con la obligación de devolver ciertas prestaciones y / o abonar unos descuentos que ya no son aplicables y esto a la economía de un padre de familia numerosa puede hacer mucho de mal.
Son decenas las familias que día a día contactan con Fanoc con esta problemática. Muchos nos preguntan cómo puede ser que a pesar de ser el / la padre / madre de los niños (y tener la custodia compartida o pasar una pensión con un régimen de visitas) no pueden tener el título de familia numerosa, pero sí lo puede tener la nueva pareja por el hecho de compartir el padrón.
Todo sería más fácil si sólo fuera necesario presentar simplemente el libro de familia (que demuestra la paternidad / maternidad) y la sentencia de separación (que demuestra la responsabilidad legal hacia los hijos, convivan o no juntos).
La sociedad está cambiando mucho más rápido de lo que puede asumir la legislación vigente y son muchos los ciudadanos que se están quedando fuera del cobijo de la ley. Actualmente, ya hay algún pequeño ayuntamiento que contempla los casos de separación en familias numerosas y ha decidido aplicar el 50% del descuento a cada padre. Pero aún queda mucho por hacer.
Un caso aún más complicado es el de las familias reconstituidas o enlazadas. Hay casos donde 2 hermanos raíz de la separación de sus padres y de rehacer estos su vida con nuevas parejas, se han encontrado con 1 o más hermanos por cada lado. ¿Qué pasa en estos casos? Siempre habrá unos hermanos que se queden fuera de la ley. ¿Y eso no es discriminatorio? ¿No deberían tener todos los hermanos los mismos derechos?
¿Por qué no nos ponemos todos de acuerdo y reformamos la ley de FN ya que ha quedado obsoleta sobre todo en estos aspectos? Si un hijo convive en dos hogares, ¿no se podría crear un doble padrón?, al menos mientras sea un menor dependiente… En los casos de FN separadas, ¿los padres no podrían compartir el mismo título de familia numerosa?
Ya no sólo están teniendo problemas los padres separados que pierden la condición legal de FN, sino que familias numerosas con el título oficial vigente pierden la posibilidad de acceder a un beneficio como es el de la luz «tarifa de último recurs» por el hecho de no tener a todos sus miembros empadronados en el mismo hogar.
Tenemos que pensar que cuando unos padres se separan lo hacen de sus parejas, no de sus hijos.