El título de familia numerosa es el documento oficial que acredita legalmente que una familia cumple los requisitos para considerarse numerosa y por consiguiente le permite acceder a una serie de beneficios públicos.
Estos beneficios contemplan diferentes descuentos o bonificaciones desde suministros, tasas municipales, actividades culturales, educación y hasta trasporte público por ejemplo en el que por ser familia numerosa puedes gozar de un 20% o 50% de descuento según categoría.
Existen dos tipos de categoría de familia numerosa: general (tres o cuatro hijos) y especial (5 hijos o más). Esta última implica poder acceder a mayores beneficios
Hay casos en los que las familias numerosas con 4 hijos pueden pasar de ser familias numerosas de categoría general a ser familias numerosas de categoría especial y es cuando cuyos ingresos anuales, divididos por el número de miembros de la unidad familiar, no superan en cómputo anual el 75% del IPREM (Indicador Público de Efectos Múltiples), incluidas las pagas extraordinarias.
¿En qué casos una discapacidad permite obtener el título de familia numerosa?
Una discapacidad reconocida, también puede implicar que una familia llegue a conseguir el título de familia numerosa o incluso pueda llegar a considerarse de categoría especial
Cada hijo o hija con un grado de discapacidad de al menos un 33%, o con incapacidad para trabajar, a efectos de familia numerosa computa como dos en la unidad familiar. En el caso de discapacidad en los padres computará doble cuando uno de ellos tenga reconocida una discapacidad de al menos un 65% o ambos padres tenga reconocida una discapacidad de al menos un 33%
A continuación, enumeraremos todos los casos en los que se puede obtener el título de familia numerosa de categoría general en caso de discapacidad:
- Un o dos ascendientes con dos hijos, cuando al menos uno de los hijos tenga una discapacidad mínima de un 33%.
- Dos hermanos mayores de edad en situación de orfandad, cuando uno de ellos tenga una discapacidad de al menos un 33%, y tengan dependencia económica entre sí
- Dos ascendientes con dos hijos, cuando ambos ascendientes tengan una discapacidad de al menos un 33%.
- Un o dos ascendientes con dos hijos, cuando al menos uno de los ascendientes tenga una discapacidad mínima de un 65%.
Para obtener el título de familia numerosa de categoría especial únicamente se tendrá en cuenta la posible discapacidad de los hijos. Veamos los casos:
- Un o dos ascendientes con cuatro hijos, cuando al menos uno de los hijos tenga una discapacidad mínima de un 33%.
- Un o dos ascendientes con tres hijos, cuando al menos dos de los hijos tenga una discapacidad mínima de un 33%.
- Un o dos ascendientes con dos hijos, ambos con discapacidad mínima de un 33%. y cuyos ingresos anuales divididos por el número de personas que componen la unidad familiar no superen el 75% del IPREM.
- Un o dos ascendientes con tres hijos, cuando al menos uno de los hijos tenga una discapacidad mínima de un 33% y cuyos ingresos anuales divididos por el número de personas que componen la unidad familiar no superen el 75% del IPREM.
Recordemos que los hijos siempre podrán mantenerse en el título hasta los 21 años o 25 si están estudiando, excepto los casos de hijos/as con discapacidad que no disponen de límite de edad siempre que convivan con la familia.
¿Cómo solicitar el título de familia numerosa por discapacidad?
El título de familia numerosa lo expide cada Comunidad Autónoma y puede ser solicitado en cualquier momento, siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados con anterioridad.
Para acceder a este título oficial, se puede solicitar de las siguientes maneras:
- Vía telemática: A través de la web de trámites de la Generalitat de Catalunya.(es necesario disponer de certificado digital)
- Forma presencial: Se debe solicitar cita previa y presentar la solicitud junto a la documentación específica en cada caso
Beneficios
Como bien tratamos líneas arriba, las familias numerosas gozan de ciertos beneficios y ayudas, entre las que destacamos las siguientes:
- Beneficios relativos a la educación: Deducción en matrículas universitarias o de formación profesional, becas comedor y preferencia a la hora de elegir centros educativos, entre otras ayudas.
- Beneficios fiscales: Las familias numerosas pueden acceder a varias deducciones fiscales, tales como de 1.200 euros para familias con tres hijos, 1.800 para aquellas que tengan cuatro hijos, 2.400 para las de cinco y 600 euros anuales más por cada hijo a partir del quinto.
- Beneficios en el transporte: Las familias numerosas tienen descuentos en determinados billetes de tren, avión, metro y autobús.
- Beneficios en tema de viviendas: Tienen prioridad en la concesión de ayudas, acceso al bono social contra la pobreza energética y bonificación del 45% en las cuotas a la Seguridad Social al contratar a una persona para el cuidado de los hijos y del hogar.
- Beneficios en tasas e impuestos: Las familias numerosas también pueden acceder a descuentos en ciertas tasas, como en la expedición del DNI o pasaporte, además de reducción de tasas públicas para exámenes oficiales, licencias y titulaciones. En este sentido, también tiene una reducción del impuesto de matriculación del 50% sobre la base imponible de la tasa, aunque el vehículo debe cumplir unos determinados requisitos. Por último, pueden acceder a un 4% de reducción en el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) y también ven reducido el impuesto de bienes inmuebles en determinados ayuntamientos (IBI).
En FANOC estamos aquí para ayudar a las familias numerosas y es que, somos una entidad sin ánimo de lucro, apolítica y aconfesional, que tiene como objetivo principal defender, proteger y promocionar los derechos e intereses de todas las familias numerosas.
4 comentarios en «¿Cuándo se puede obtener el título de familia numerosa especial con una discapacidad?»
Hola muy buenas tardes. Muy importante la información brindada. Quería preguntar si yo siendo familia numerosa general y me he divorciado, quedé con mis dos hijos y uno tiene discapacidad ,podría solicitar el cambio a régimen especial? Muchas gracias.
Hola Carlos,
No es posible acceder al título de FN especial con dos hijos, aunque uno de ellos tenga la condición de discapacidad.
Un saludo!
Buenas tardes,
Tengo 2 hijos de 24 y 22 años de un primer matrimonio y 2 hijas de 17 y 15 de un segundo matrimonio (actual). Hoy me han denegado la renovación del carnet de familia numerosa de los 2 mayores ya que estudian a la vez que trabajan y han contabilizado que ingresan una cantidad superior al IRS. (7.900 euros anuales) Creo que la condición de que no tengan ingresos es para las familias monoparentales no para las numerosas, ya que aunque si tienen un trabajo (limitado), siguen estudiando. Es posible que me hayan aplicado la normativa equivocadamente ?.
Gracias y un saludo,
Hola Agustí,
Lo que le han dicho es correcto.
en este documento de preguntas más frecuentes de la Generalitat: https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/DSO/Documents_i_enllacos/DGPS/8624_-_Titol_de_familia_nombrosa/FAQS-TFN-ciutada.pdf en el apartado 4 exponen:
4.1. Quin és el límit d’ingressos que poden percebre els fills per seguir inclosos al títol de família nombrosa a partir
dels 21 anys?
Segons el Decret Llei 3/2004, de 25 de juny, el fills majors de 21 anys no podran percebre ingressos que superin l’import marcat
per l’IPREM.
Actualment, per l’any 2022, l’IPREM és de 8.106,28 €.
Un cordial saludo!!