¿Cómo puede afectar una separación al título de familia numerosa?

Nos llegan muchas consultas con relación al título de Familia numerosa en caso de separación y hemos pensado que esta información puede interesaros.

Por ahora, está pendiente de tramitación un anteproyecto de ley de apoyo a las familias que permitirá que en caso de separación y custodia compartida ambos progenitores mantengan el título: “En caso de separaciones o divorcios con custodia compartida permitir que el título de familia numerosa lo ostente el padre y la madre, a fin de que puedan acogerse ambos a los beneficios por familia numerosa (pag. 86)”. Pero por ahora la situación es la siguiente:
Una vez que la unidad familiar se separa se crean dos diferentes y actualmente sólo una de las dos puede optar al título de familia numerosa, ya que ninguna persona, por ahora, puede estar en dos títulos al mismo tiempo.

Como ya hemos comentado en otras ocasiones los padres separados tendrán que acordar quién de los dos se queda con el título y en caso de no llegar a un acuerdo, la Administración dará preferencia al padre o a la madre con los hijos empadronados en su casa. Os recordamos que para cambiar el empadronamiento de un hijo o hija es necesaria la firma de ambos progenitores. Puede consultar el trámite en el ayuntamiento de su municipio.

Lo que sí es posible, y además recomendable, es compartir el título cada dos años mediante acuerdo. Aquí os dejamos un modelo facilitado por la Generalitat.

Los hijos son miembros de una familia numerosa y son titulares de un carnet individual que les acredita como miembros de una familia numerosa en todo momento ya estén con uno u otro progenitor. De ahí que no sea lícito que un progenitor prive a su hijo o hija del título de familia numerosa cuando están con la expareja.

En estos casos, la Generalitat pone a disposición la posibilidad de pedir un duplicado del título de los hijos. Toda la información la encontrarás aquí.

Sin embargo, en caso de que un hijo o hija opte a un descuento, por ejemplo en la universidad o en el transporte, este descuento se aplica directamente al hijo o hija, no a los progenitores, con lo que en caso de tener que abonar algún pago, éste deberá repartirse entre los padres en proporción tal y como dicte la sentencia de separación. En caso de custodia compartida, por ejemplo, al 50% a menos que uno de los padres se ofrezca a realizar una aportación mayor de forma desinteresada.

No dudéis en contactar con nosotros por los canales habituales para hacernos llegar sus consultas.

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