{"id":18973,"date":"2024-04-09T13:39:46","date_gmt":"2024-04-09T11:39:46","guid":{"rendered":"https:\/\/fanoc.org\/?p=18973"},"modified":"2024-04-09T13:58:26","modified_gmt":"2024-04-09T11:58:26","slug":"el-tribunal-supremo-confirma-complemento-por-hijos-pension","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fanoc.org\/es\/el-tribunal-supremo-confirma-complemento-por-hijos-pension\/","title":{"rendered":"El Tribunal Supremo confirma que el derecho al complemento por hijos en la pensi\u00f3n no prescribe"},"content":{"rendered":"<div style=\"margin-top: 0px; margin-bottom: 20px;\" class=\"sharethis-inline-share-buttons\" ><\/div>\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Tribunal Supremo ha determinado que el derecho a percibir el complemento por hijos en la pensi\u00f3n no prescribe, lo que supone que la administraci\u00f3n no te lo puede denegar alegando que el derecho ha caducado. En una reciente&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.familiasnumerosas.org\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/S_TS_21_2_2024.pdf-Complemento-imprescriptible.pdf\">sentencia<\/a>, el Supremo viene a refrendar lo que ya hab\u00edan expresado otros tribunales auton\u00f3micos, apoy\u00e1ndose en el art\u00edculo 212 de la Ley de Seguridad Social, que reconoce que la pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n no prescribe y, dado que el complemento por hijos est\u00e1 vinculado al mismo r\u00e9gimen jur\u00eddico de la pensi\u00f3n, dicho complemento tampoco prescribe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Supremo se ha pronunciado as\u00ed en el caso de un padre c\u00e1ntabro con tres hijos, que se jubil\u00f3 el 30 de noviembre de 2016 y reclam\u00f3 el complemento 5 a\u00f1os m\u00e1s tarde. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le deneg\u00f3 el complemento alegando que el derecho a las prestaciones prescribe a los 5 a\u00f1os, seg\u00fan el art\u00edculo 53 de la Ley de Seguridad Social. El hombre decidi\u00f3 reclamar ante el juzgado de lo social en Santander, que se pronunci\u00f3 a su favor determinando el cobro del complemento, aunque la Seguridad Social recurri\u00f3 ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Este tribunal volvi\u00f3 a fallar a favor de la familia y y el INSS present\u00f3 un recurso de casaci\u00f3n ante el Supremo, que, en una importante sentencia que unifica doctrina, ha dado de nuevo la raz\u00f3n al padre a recibir el complemento desde la fecha de la jubilaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Si te lo deniegan por fecha, reclama<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con el fallo del Supremo, la FEFN anima a solicitar su derecho al complemento por hijos en la pensi\u00f3n a todos aquellos hombres jubilados entre 2016 y 2021 que no lo hayan hecho hasta la fecha pensando que se les hab\u00eda pasado el plazo a reclamarlo. Para ayudarles, la FEFN ha elaborado un modelo de solicitud ante el INSS que puede descargarse&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.familiasnumerosas.org\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Solicitud-INSS-complemento-maternidad.-2024-Derecho-imprescriptible.doc\">AQU\u00cd<\/a>. Es importante saber que este plus por hijos se puede reclamar en la pensi\u00f3n de los hombres con 2 o m\u00e1s hijos que se hayan jubilado entre 2016 y 2021, ya que antes de esa fecha no exist\u00eda el complemento y a partir de 2021 se cambi\u00f3 por un nuevo complemento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Derecho a una indemnizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La FEFN recuerda tambi\u00e9n que los padres que reclamen tienen tambi\u00e9n derecho, seg\u00fan una sentencia del Supremo (sentencia 977\/2023) a una indemnizaci\u00f3n de 1.800 \u20ac para compensar los da\u00f1os y perjuicios percibidos al serles denegado el derecho al complemento y obligarles en su d\u00eda&nbsp; a continuar con el procedimiento judicial. Por tanto, en los casos en que los padres se hayan jubilado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 tienen derecho a reclamar desde la fecha de jubilaci\u00f3n y con los atrasos correspondientes el complemento por hijos en la pensi\u00f3n, que oscila entre un 5% y un 15% en funci\u00f3n del n\u00famero de hijos, con la posibilidad de solicitar tambi\u00e9n una indemnizaci\u00f3n en caso de que se les deniegue el complemento y tengan que acudir a la v\u00eda judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Por cada hijo, hasta el cuarto<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El complemento por hijos en la pensi\u00f3n fue creado por el Gobierno en 2016, como medida de discriminaci\u00f3n positiva de las madres para afrontar la brecha salarial de las mujeres, pero en el a\u00f1o 2019 el Tribunal Europeo lo declar\u00f3 discriminatorio, ya que iba en contra del principio de igualdad de trato en materia de Seguridad Social de la Uni\u00f3n Europea. Dicho Tribunal consider\u00f3 entonces que se deb\u00eda aplicar por igual a hombres y mujeres, aunque ello no impidi\u00f3 que muchos hombres se hayan visto privados de esta \u201cplus\u201d por hijos, que en muchos casos han tenido que reclamar por v\u00eda judicial.<strong>&nbsp;<\/strong>El nuevo complemento supone sumar 30,40 euros en la pensi\u00f3n mensual por cada hijo que se haya tenido, pero hasta un m\u00e1ximo de 4 hijos. As\u00ed, un padre o una madre con 3 hijos, jubilado a partir de enero de 2021, fecha en la que entr\u00f3 en vigor la medida, percibir\u00e1 91,20 euros m\u00e1s al mes, y si ha tenido 4 o m\u00e1s hijos, percibir\u00e1 un plus de 121,6 euros. En su d\u00eda, la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Familias Numerosas denunci\u00f3 la discriminaci\u00f3n de las familias con 5 o m\u00e1s hijos en este complemento, al limitarse a un m\u00e1ximo de 4 hijos y no ver compensada de forma justa y objetiva su mayor aportaci\u00f3n demogr\u00e1fica a la sociedad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Supremo ha determinado que el derecho a percibir el complemento por hijos en la pensi\u00f3n no prescribe, lo que supone &#8230; <a title=\"El Tribunal Supremo confirma que el derecho al complemento por hijos en la pensi\u00f3n no prescribe\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/fanoc.org\/es\/el-tribunal-supremo-confirma-complemento-por-hijos-pension\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre El Tribunal Supremo confirma que el derecho al complemento por hijos en la pensi\u00f3n no prescribe\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":18974,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"generate_page_header":"","footnotes":""},"categories":[24],"tags":[],"class_list":["post-18973","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politicas-familiares"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18973","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18973"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18973\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18974"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18973"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18973"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fanoc.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18973"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}